Me han ocupado mi segunda residencia. ¿Qué hago?

En los últimos años, han aumentado significativamente las ocupaciones de viviendas. Por eso, el seguro anti ocupación ilegal se ha convertido en uno de los que más interés despiertan entre los usuarios.

Una vivienda es más que simplemente un inmueble, es donde inviertes tus ilusiones, creas tus recuerdos y en muchos casos, hasta un proyecto de vida. ¿Pero como tienes que actuar si te la han ocupado?¡Te lo contamos!

¿Qué hago si tengo ocupas?

Lo primero que debes saber es que se juzga diferente si es una vivienda habitada o en condiciones de abandono.

En los casos en los que la ocupación se produzca en una vivienda que esté siendo habitada, nos encontraremos ante un delito de ALLANAMIENTO DE MORADA,previsto y penado en el artículo 202 del Código penal:

”1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación, la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses”

Y te preguntarás ¿Mi segunda residencia se considera vivienda habitada? Para que se considere habitada, tiene que estar amueblada y tener contratados los suministros.

Si se ocupa una vivienda no ocupada, en condiciones de abandono, nos encontraremos ante un delito de USURPACIÓN, previsto y penado en el artículo 245 del Código Penal:

“1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.

El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.”

Una vez explicado este matiz, te informamos de como debes actuar ante la ocupación ilegal de tu vivienda:

El protocolo de actuación en caso de encontrar tu vivienda ocupada, es, en primer lugar, avisar de inmediato a la Policía para que se presente en el lugar.

En caso de que la ocupación se acabe de cometer, la Policía podrá desalojar el inmueble de inmediato. Sin embargo, si no se avisa de forma inmediata y pasan más de 48 horas de la ocupación. La situación se complicará un poco más. Ante esta situación, los propietarios deberán denunciar ante la Policía, acreditando la propiedad del piso y se deberá ir a juicio por vía civil para poder echar a los okupas.

Dispones de seguro anti ocupación

Si dispones de seguro anti ocupación, todo será mucho más fácil. Tendrás la gran seguridad de que tu corredor de seguros, solucionará esta situación tan desagradable.

Una vez notifiques la situación a tu corredor de seguro, te acompañarán en todo el proceso. Ofreciéndote: asistencia jurídica telefónica, reclamación por ocupación ilegal del bien inmueble, reclamación para la efectiva recuperación del bien inmueble, reclamación por daños ocasionados al inmueble, gestión en temas administrativos municipales.

Un abogado especialista en el tema se encargará de velar por tus intereses y asesorarte en todo el proceso. Además, el seguro anti ocupación ilegal te cubre los gastos de desalojo de los ocupantes, así como todos los daños que puedan haber causado en tu vivienda.

No dispones de seguro anti ocupación

Si no dispones de seguro anti ocupación deberás encargarte de todos los trámites.

Tendrás que ponerte en contacto con un abogado y un procurador para que te ofrezcan asistencia jurídica. También deberás formalizar una demanda civil que confirme la solicitud de recuperación de la posesión del inmueble. Además, deberás presentar un escrito de desalojo, en el juzgado de primera instancia del municipio, donde se haya registrado la ocupación.

Con estos documentos se deberá iniciar un proceso para poner en marcha la orden judicial para proceder al desahucio. A pesar de ello, se trata de un proceso lento en el cual, puede haber complicaciones.

En ocasiones, hay okupas que presentan pruebas para corroborar su posesión del inmueble. Esto puede hacer que la recuperación de la vivienda se retrase aún más.

Si no tienes seguro, también deberás tener en cuenta que todos los costes correrán a tu cargo: abogado, procurador, daños en la vivienda, etc.

Por lo tanto, si tienes una segunda residencia y quieres estar 100% seguro. Contrata ya tu seguro anti ocupaciones. Nos encargamos de todos los tramites y te aseguramos correr a cargo de todos los gastos que este inconveniente pueda ocasionarte.

Si quieres más información sobre el seguro anti ocupaciones, entra en nuestra web y ponte en contacto con nuestro equipo. Estaremos encantados de ayudarte a encontrar la mejor opción para ti.